1. Por el depósito del testamento cerrado u ológrafo, se percibirán 6,010121 €. Al retirarse el depósito se percibirán 1,202024 € por cada año o fracción, por derechos de conservación y custodia.
2. Las diligencias de apertura de libros de actas devengarán 9,015182 €, más 0,060101 € por folio.
- Por las diligencias de adhesión, ratificación u otras cualesquiera puestas en un documento se percibirán 3,005061 €.
3. Por la salida de la Notaría, el Notario devengará, salvo en actas de protesto, por cada hora o fracción:
- Si es dentro del término municipal de su residencia: 18,030363 €.
- Si es fuera de él o en días festivos, o de guardia, o fuera del horario de trabajo del despacho: 24,040484 €.
4. En caso de venta pública y de tramitación del procedimiento extrajudicial de ejecución hipotecaria, por derechos de matriz se aplicará el número 2 del Arancel, sobre la base del precio de remate o adjudicación.
Se aplicarán, además, a las actuaciones que pudieran originarse los números 4, 6.2 y 6.3.